Preguntas Frecuentes

El proceso de registro de dominios en el ‘.ar’ se realizará de forma gradual. La Disponibilidad General estará precedida por dos etapas: la primera, denominada Registro de Preferencia y, la segunda, Registro de Interés. A partir de Disponibilidad General los nombres de dominio podrán registrarse directamente en el ‘.ar’, de acuerdo a la Normativa Vigente y a las Reglas y Políticas establecidas por NIC Argentina.

El lanzamiento del ‘.ar’ fue diseñado para garantizar un proceso transparente y gradual, que brinde mecanismos de protección de los derechos de actuales titulares de nombres de dominio, y su estructura fue producto del análisis de diferentes casos de éxito a nivel internacional y de la implementación de buenas prácticas destinadas a desalentar o minimizar potenciales abusos por el registro indebido o especulativo. 

Se denomina Disponibilidad General al momento en el que cualquier Usuario puede registrar dominios directamente en el ‘.ar’, de acuerdo a la Normativa Vigente y a las Reglas y Políticas establecidas por NIC Argentina. Comienza luego de la etapa de Registro de Interés.

Son aquellos nombres de dominio que pueden registrarse directamente en el ‘.ar’ por ser idénticos a otros registrados en las zonas ‘.gob.ar’, y ‘.mil.ar’, y que son reservados exclusivamente para los titulares de estos últimos. Aun cuando un nombre de dominio se encontrara registrado en cualquiera de las zonas del ‘.ar’, NIC Argentina puede clasificarlo como reservado, quedando no disponible para su registro.

Son los nombres de dominio que no se encuentran disponibles para su registro directamente en el ‘.ar’. Aun cuando un nombre de dominio se encontrara registrado en cualquiera de las zonas del ‘.ar’, NIC Argentina puede clasificarlo como restringido, quedando no disponible para su registro. Se puede consultar el listado de nombres de dominio restringidos.

De acuerdo a la Normativa Vigente y a las Reglas y Políticas establecidas por NIC Argentina, se pueden registrar nombres de dominios de entre 4 (cuatro) y 50 (cincuenta) caracteres. Específicamente, en el ‘.ar’, no es posible registrar dominios compuestos por 1 (uno) a 3 (tres) caracteres.

No, no es posible registrar dominios ‘.ar’ de 1 (uno) a 3 (tres) caracteres.  Esto comprende las etapas de Registro de Preferencia, Registro de Interés y se aplicará de igual modo en la Disponibilidad General.

El registro de los nombres de dominio ‘.ar’ tiene una validez de 1 (un) año a partir de la fecha de Alta.
 

Los nombres de dominio que fueran registrados directamente en el ‘.ar’, durante las etapas de Registro de Preferencia y Registro de Interés, no podrán ser transferidos sino hasta después de transcurridos dos años, contados desde la fecha de alta. En el caso que no fueran renovados al primer vencimiento, se liberarán y quedarán disponibles para su registro. 

Los nombres de dominio que fueran registrados directamente en ‘.ar’, tanto durante las etapas de Registro de Preferencia y Registro de Interés, como a partir de la Disponibilidad General, podrán ser disputados a partir de la fecha de alta, de acuerdo a la Normativa Vigente y a las Reglas y Políticas establecidas por NIC Argentina al efecto.  

Para dar de baja un dominio ‘.ar’ deberás ingresar a Trámites a Distancia. Dentro de Organismo, encontrarás los trámites de NIC Argentina. Seleccioná la opción Solicitud Especial sobre Dominios de Internet y hacé clic en Iniciar Trámite. Ingresá el nombre del dominio en cuestión y el motivo de la baja. Una vez confirmado el trámite se procesará la solicitud y nos contactaremos para indicarte que se ha dado de baja el dominio.

Son aquellos Nombres de Dominio que hasta el 27 de agosto de 2019 (15 días antes del inicio de la etapa de Registro de Preferencia), se encontraren afectados en su uso, goce y disponibilidad por orden de Autoridad Judicial o Administrativa o sobre los que hubiere recaído alguna de las sanciones previstas en el artículo 42 del Reglamento para la Administración de Dominios de Internet en Argentina. No serán considerados como Nombre de Dominio de Preferencia para la solicitud de registración de dominios en dicha etapa.

Sí. Podés consultar el arancel correspondiente a este trámite desde nuestra sección Reglas y Políticas.

Sí. Podés consultar el arancel correspondiente a este trámite desde nuestra sección Reglas y Políticas.

Sí. Podés consultar el arancel correspondiente a este trámite desde nuestra sección Reglas y Políticas.

Sí. Podés consultar el arancel correspondiente a este trámite desde nuestra sección Reglas y Políticas. Cabe aclarar que los dominios ‘.ar’ registrados durante las etapas de Registro de Preferencia y Registro de Interés no pueden ser transferidos hasta luego de 2 (dos) años desde la fecha de alta. 

No, para Delegar tus dominios no tenés que abonar ningún arancel en NIC Argentina.
 

Los medios de pago habilitados para solicitar y/o registrar dominios '.ar' son tarjeta de crédito, Rapipago y Pagomiscuentas. Durante el Registro de Preferencia Rapipago y Pagomiscuentas estarán habilitados hasta el 4/11/2019 inclusive y durante el Registro de Interés hasta el 18/01/2020 inclusive. 

Para los registros en turnos posteriores a los sorteos de cada etapa, el único medio de pago habilitado será tarjeta de crédito.

No, para registrar dominios ‘.ar’ no es necesario realizar el trámite de Solicitud de Zonas Especiales.

Si, todos los usuarios habilitados para operar en la plataforma de Trámites a Distancia podrán registrar dominios ‘.ar’, de acuerdo a lo establecido en las Reglas y Políticas

Los términos restringidos se implementaron para evitar el registro de Nombres de Dominio que puedan prestarse a confusión, engaño, suplantación de identidad o que resulten contrarios a la ley, a la moral o a las buenas costumbres. También se restringieron dominios en el ‘.ar’ que puedan confundirse con otras zonas actuales, o que puedan ser usados como futuras zonas de NIC Argentina. Para más información, podés consultar el listado de nombres de dominio restringidos y visitar la sección sobre dominios ‘.ar’ de nuestro sitio.

Se denominan términos reservados a aquellos nombres de dominios registrados en las zonas ‘.gob.ar’ y ‘.mil.ar’. Para proteger los intereses de las entidades públicas, nacionales y federales, los dominios registrados en esas zonas sólo pueden ser registrados directamente en el ‘.ar’ por los Titulares de estos últimos.

A su vez, de acuerdo a la Normativa Vigente y a las Reglas y Políticas establecidas por NIC Argentina, los dominios restringidos son aquellos que no se encuentran disponibles para su registro directamente en el ‘.ar’ debido a que son términos que pueden prestarse a confusión, engaño, suplantación de identidad o que resultan contrarios a la ley, a la moral o a las buenas costumbres. También aquellos que pueden confundirse con otras zonas actuales, o que pueden ser usados como futuras zonas de NIC Argentina. Se encuentra disponible para consultar el listado de nombres de dominio restringidos.