¿Qué necesito para operar?
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2- Desde el desde el menú principal seleccioná la opción Apoderados.

3- Dentro de Persona Jurídica, ingresá en el buscador el N° de CUIT de la empresa u organización que representás y hacé clic en la lupa de búsqueda.
Recordá que solo el Administrador de Relaciones en AFIP de la Persona Jurídica podrá generar apoderados para que operen en nombre de la empresa u organización.


4- A continuación, figurarán los datos de la empresa u organización que representás.
Ingresá en el buscador el N° de CUIT/CUIL del nuevo apoderado que querés autorizar para que realice trámites de dominio en representación de la Persona Jurídica, y hacé clic sobre la lupa de búsqueda.

5- Para otorgar el apoderamiento, hacé clic en el botón Agregar.

6- Configurá las condiciones de apoderamiento. Podés autorizarlo a modificar los datos de la Persona Jurídica y limitar los plazos en los que podrá actuar en su representación.

7- A su vez, elegí si el apoderado podrá realizar todo tipo de trámites dentro de Trámites a Distancia o no. En este segundo caso, seleccioná exclusivamente aquellos sobre los que querés otorgar un poder.

8- Para especificar el tipo de trámite que el apoderado puede realizar, hacé clic en Selección de Trámites y se desplegarán todas las opciones disponibles.
Además, para que los apoderados puedan ver tus notificaciones, seleccioná "Permitir la visualización de mis Notificaciones Externas".

9- Para una configuración más ágil, podés aplicar filtros o ingresá "NIC Argentina" en el buscador y se listarán todos los trámites de dominio.

10- Seleccioná los trámites que el apoderado podrá realizar. Tené en cuenta que podés limitar la cantidad de veces que podrá efectuarlos.
Una vez que hayas configurado las condiciones de apoderamiento hacé clic en el botón Confirmar.

11- Desde Persona Jurídica podés acceder al listado de apoderados de la empresa u organización que representás y realizar acciones sobre los mismos: visualizar y descargar los poderes otorgados, configurar las condiciones de los mismos o eliminarlos. Para ello, ingresá en el buscador el N° de CUIT de la Persona Jurídica y hacé clic en la lupa de búsqueda.
